Es este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le concede la Ley declara Embargado Preventivamente los bienes señalados por la parte actora en la presente acta y observa que los mismos no cubren la totalidad del Embargo, quedando pendiente la cantidad de Tres mil setecientos veintiocho bolívares (Bs. 3.728,00) que es el resultado de la resta de Bs. 8.928 menos Bs. 5.200,00).