Por las razones antes expuestas, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con Sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Condena al acusado CARLOS JOSE GUEVARA MALPA, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.340.697, venezolano, natural de Barcelona-Anzoátegui, nacido en fecha 27-07-1.988, de 19 años de edad, de estado civil Soltero, Bachiller, hijo de los ciudadanos Carlos Guevara y Maria Malpa, domiciliado en calle corazón de Jesús, casa Nº 50, barrio la ponderosa de Barcelona - Estado Anzoátegui, por la comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el Artículo 405 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano CARLOS ALBERTO URRIOLA MORGADO (Occiso), a una pena de OCHO (08) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, que deberá cumplir donde lo designe el Tribunal de Ejecución, de c.....