DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud planteada por la ABG. CARMEN CECILIA SALAZAR, en su carácter de Defensora Publica de la acusada YOMAIRA DEL CARMEN BRAZON, plenamente identificada en la presente causa modificándolo de cada Ocho (08) días a TREINTA (30) días. Notifíquese a las partes. Líbrese el oficio al Jefe de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, del Estado Anzoátegui, a los fines de participarle del presente pronunciamiento. CÚMPLASE.