Con las consideraciones de hecho y de derecho arriba realizadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide lo siguiente:
PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento realizado por la apoderada actora mediante diligencia de fecha 04/04/2016, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, intentó JOSÉ LUÍS BERMUDEZ PEREZ, contra CONEDIL, S.A., ambos identificados en autos. En consecuencia, se declara consumado el acto de conformidad con lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Publíquese la anterior decisión, de conformidad con lo previsto en el Artículo 247 del Código de Procedimiento Civil.