El Tribunal vista la voluntad de las partes y por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden publicó o/a alguna disposición expresa de la Ley este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Edo. Anzoátegui y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN a lo convenido por las partes, suficientemente identificados, de acuerdo a la voluntad de las partes.- Así se decide.- Asimismo, se ordena expedir por Secretaría cuatro (04) copias certificadas de la presente solicitud, con inserción del presente auto, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- Cúmplase
Publíquese, regístrese. Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado.....