Se da por terminado el presente proceso y se ordena el archivo del expediente. Se acuerda expedir copias certificadas de la presente transacción solicitado por las partes y devolver la letra de cambio original al apoderado judicial de la parte demandada, Regístrese, publíquese y agréguese a los autos. Déjese copia firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.