Visto el DESISTIMIENTO del procedimiento, en la presente demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO de fecha 23-05-06, suscritA por el abogado PAUL MALAVER inscrito en el inpreabogado bajo el número 59.570, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana TERESA DE JESUS CALDERON contra la ciudadana FANNY YARIDA CARABALLO ORTIZ titular de la cédula de identidad Nº 9.419.345, y encontrándose lleno los extremos contenidos en el Articulo 264 del Código de Procedimiento Civil, relativos a materia y capacidad para disponer del objeto, actuando EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se imparte su HOMOLOGACIÓN, en consecuencia y de conformidad con el Artículo 263 ejusdem se da por consumado el acto, procédase como Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada.