Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la querella funcionarial interpuesta por los ciudadanos Nivia Gonzàlez de Marín, Leonardo Figueroa, Josue Miguel Manzanilla, Marbys Rasse, Iliana Romero, Igday Orta León, Rudy Ledezma, Leonor Flores de Pino, Isabel Maria Romero y Laura Castro, identificados en autos, interpusieron ante este Juzgado demanda contra la Alcaldía del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui. Así se decide.