Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme al artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, se revoca el Beneficio de Régimen Abierto por incumplimiento de las condiciones impuestas por el Delegado de Prueba y se acuerda librar orden de captura en contra del ciudadano RICHARD ALEXANDER MENDEZ CAMERO, titular de la cédula de identidad Nro. 16.181.034, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, HURTO DE ARMA DE FUEGO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR; debiéndose remitir los respectivos oficios al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisiticas, Sub-Delegaciones Puerto La Cruz y Barcelona de éste Estado; así como al citado Organismo de Investigación Penal, División de Captura, con .....