DISPOSITIVA
En consecuencia, y por los planteamientos antes esgrimidos este Despacho decisor, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada en fecha 18 de Julio de 2.011, por la Dra. JOANNY BOGARIN BRICEÑO, en su carácter de Jueza Superior Temporal de esta Corte de Apelaciones Sección Adolescente, por estar demostrada la causal contenida en el ordinal 7° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.