Por todo lo antes expuesto este juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, dispone lo siguiente: Acuerda el Mandato de Conducción del ciudadano MARIO IGNACIO RAMIREZ ROJAS, titular de la Cédula de Identidad Nº SIN MAS DATOS, mayor de edad, quien puede ser ubicado en la siguiente dirección: CALLE JUNCAL CON CALLE PROVIDENCIA, CASA Nº 77, CASCO CENTRAL DE PUERTO LA CRUZ, comisionando para tales efectos al Instituto Autónomo de la Policía del Estado Anzoátegui, quien deberá hacer comparecer al referido ciudadano hasta las instalaciones de la Fiscalía Vigésima Cuarta del Ministerio Publico a la Brevedad posible a los fines de que ser Formalmente Imputado. Líbrese lo correspondiente. Diaricese y Publíquese.-