Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua Sir Arthur Mc Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente Solicitud de Divorcio, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos: JOSE GREGORIO LEAL y PAOLA CRISTINA PARRA TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 20.711.850 y V- 21.329.385, respectivamente. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos antes mencionados, en fecha seis (06) de Mayo del año dos mil Diez (2010), contrajeron matrimonio civil, por ante la Prefectura del Distrito Aragua, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui.-
Firme como ha quedado la presente Sentencia de conformidad con lo dispue.....