DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETE MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 250 ordinales 1º,2º y 3º articulo 251 ordinales 2º, 3º y 4º y 252 del Código orgánico Procesal Penal, al imputado: JHONNY JOSE CAMILLI SANCHEZ, quién es venezolano, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, donde nació el día 27/10/88, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.675.891, de estado civil soltero de profesión u oficio ESTUDIANTE, hijo de los ciudadanos MARIO CAMILLI Y LORAIDA SANCHEZ, domiciliado en: Calle CAMINO NUEVO Nº 6-75, BARRIO CAMINO NUEVO, Barcelona, Estado Anzoátegui; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE GUERRA, previstos y sancionados en los artículos 406, ordin.....