DECISIÓN
En mérito de los argumentos de hecho y derecho precedentemente expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara la ciudadana LUISA DEL VALLE LISBOA DÍAZ contra la firma personal JACQUELINE RIVERO FASHION, ambas partes plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: Se ordena a la empresa demandada cancelar al accionante la suma total de 477.815,19, por concepto de prestaciones sociales y otros pasivos laborales, así como los correspondientes intereses sobre la prestación de antigüedad calculados como se ordena el particular siguiente.
TERCERO: Se ordena que para el cálculo de los intereses de la prestación de Antigüedad, acordados según el particular anterior y que corresponden a la actora, debe.....