Este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JOHNNY NAVARRO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 94.689, contra el auto proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, de fecha 10/05/18, con ocasión al juicio por DAÑOS Y PERJUICIOS, seguido por los ciudadanos OSCARI ANDREINA RATTIA Y NAIROBYS JOSEFINA MOYA, contra la ORGANIZACIÓN COMUNITARIA DE VIVIENDA "PUEBLO SOBERANO".