Seguidamente este Tribunal,
vista la información suministrada por el notificado, y visto igualmente el señalamiento formulado por la parte actora, declara Embargada Preventivamente la cantidad de NOVECIENTOS VEINTE BOLÌVARES FUERTES CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.F. 920,48); existentes en la Cuenta Corriente signada con el Nº 01050043511043487891, perteneciente al demandado de autos, ciudadano: JOSÈ REYES.- Igualmente solicita al notificado, se sirva emitir cheque de gerencia por la referida cantidad de dinero, a nombre del Juzgado comitente, vale decir, Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui