Se dictó sentencia interlocutoria Nº 20, en la cual se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, la presente Acción de Amparo Constitucional incoada por la sociedad mercantil CLINICA DE EMERGENCIA INFANTIL SANTA ANA, C.A., en contra de la GERENCIA GENERAL DE FINANZAS Y GERENCIA DE INGRESOS TRIBUTARIOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE) Adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes; y se ordenó notificar al INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE) Adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes; a la Fiscal Vigésima Segunda de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui y al Defensor del Pueblo del Estado Anzoátegui.