Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal SEGUNDO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se decreta CON LUGAR la solicitud planteada por el Dr. CARLOS GARCIA SANTANA , en su condición de Fiscal Noveno (a) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, y ordena la DESTRUCCION de la droga incautada mediante el procedimiento de incineración de conformidad con lo previsto en el Artículo 119 de la LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRAFICO ILICITO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS. ASIMISMO SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA SEGUIDA A LOS CIUDADANOS YONETZI DEL VALLE CUMANA SANCHEZ titulares de las Cédulas de Identidad Nro.° 21.068.306 natural de Barcelona Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 18.08.86 de 22 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio comerciante, hija de los ciuda.....