Por las razones antes expuesta este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de Cobro de Bolívares (Procedimiento por Intimación), incoada por el ciudadano Ismael Barrera Guerrero, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 15.374, su carácter de endosatario en procuración de la Sociedad Mercantil Yuyi Motors S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 25 de marzo de 1997, bajo el Nº 34, Tomo A-20, y cuya reforma estutaria efectuada en fecha 21 de julio de 2000, quedó anotado bajo el Nº 19, Tomo A-17, por ante el mencionada Oficina de Registro Publico, contra del ciudadano Jairo Felipe Rodríguez Guerrero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº .....