Ahora bien, se observa de las actas procesales que conforman el presente expediente, y del cómputo efectuado por Secretaría, se evidencia que el Defensor Judicial designado por este Tribunal en la presente causa, una vez emplazado, no compareció a dar contestación a la presente demanda, en el lapso establecido por la ley, y siendo este Tribunal garante de los derechos constitucionales que le asiste a los justiciables, en apego al criterio Jurisprudencial antes mencionado, le resulta forzoso a este Juzgado, REPONER la causa al estado de REVOCAR el nombramiento de defensor ad litem recaído en la persona del abogado FRANCISCO GOMEZ, en consecuencia, ordena REPONER la causa al estado de proceder a nombrar nuevo defensor judicial.-
En consecuencia, se deja sin efecto el nombramiento y emplazamiento del referido defensor, acordado en los autos de fechas 06 de junio de 2011, y 08 de Agosto de 2011, respectivamente.- En cuanto a la designación del nuevo Defensor Judicial, se.....