Este Tribunal Séptimo Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, pasa de seguidas a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud hecha por la Dra. CORALID JARAMILLO, en su carácter de Defensora Publica Penal del imputado JUAN FRANCISCO ACHIQUE GUERRA,, titular de la Cedula de Identidad N° 17.901.447, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Articulo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano VICTOR VELASQUEZ, en consecuencia, se decreta las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD CON FIANZA, de las establecidas en el Articulo 242 Ordinales 3°, 4º y 8º del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en: 1.- La presentación periódica cada QUNICE (15) DÍAS por ante la sede de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; 2.- La prohibición de salida de esta .....