El Tribunal declaró Embargada Preventivamente la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE BOLÌVARES CON NOVENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 484.417,91); existentes en la Cuenta Corriente signada con el Nº 0102-0445-38-0000030818, perteneciente a la empresa ROVILMA, C.A., y solicita a la notificada se sirva emitir Cheque de Gerencia por la cantidad de dinero embargada en este acto, a nombre del Juzgado Comitente, vale decir, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.- Igualmente acuerda devolver la presente Comisión debidamente cumplida al Juzgado Comitente.-