En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano Mario Antonio Hernández Leiva, titular de la cedula de identidad Nº E-81.429.284, debidamente representado por la Abogada Norma Moran Ortiz, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 14.380, contra la empresa mercantil, METAL CINCO, C.A. ambos antes identificados.