Por las razones antes expuestas, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con Sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Condena al acusado JOSE ANTONIO VALDIVIETT CEDEÑO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.409.715, natural del Estado Anzoátegui Sucre; donde nació en fecha 25-07-1982, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Buhonero, hijo de los Ciudadanos Eudoro José Valdivicett y Marisol Cedeño, residenciado en Guanta Barrio Colombia calle Colombia casa Nº 72, Puerto la Cruz - Estado Anzoátegui, por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, con las agravantes establecidas en los Artículos 217, 218 y 219 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio de las Adolesc.....