Se dictó Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva declarando CON LUGAR el Recurso de Regulación de Competencia interpuesto por el abogado MARIO CARVAJAL DIAZ, actuando en su carácter de co-apoderado judicial de la empresa INSTITUTO DE ESPECIALIDADES MÉDICAS ANACO, C.A. (IDEMCA), en contra de la decisión de fecha 22 de marzo del año 2010 dictada por el Tribunal de la causa, revocándose la decisión objeto del presente recurso de Regulación de Competencia, antes precisado y declarándose que el COMPETENTE para pronunciarse sobre la demanda que por Cobro de Bolívares por Intimación, incoara la empresa recurrente, en contra de la empresa CNPC SERVICES VENEZUELA L.T.D., S.A., es el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre.