DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de los Municipios Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de fijación de Obligación Alimentaría, interpuesta por la ciudadana YENNY JOSEFINA CARMONA en representación de sus hijos dos hijos de nombres xxxxxxxxxx de ocho años de edad, xxxxxxxxxxxxxxxxxx de cinco años de edad, contra el ciudadano YORKY ENRRIQUE GONZALEZ CANACHE venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.980.250, y así se declara.-
En consecuencia se fija la OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA en la cantidad ciento cincuenta (150) bolívares quincenales, siendo un total de trescientos (300) bolívares mensuales, que tiene que depositar en el número de cuenta que oportunamente ordene abrir el Tribunal. El obligado YORKY ENRRIQUE GONZALEZ CAN.....