Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA por imposición de Medidas Cautelares Sustitutivas a favor del Imputado: JOEL ELIEZER NAZARETH, quién es Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.719.408, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 21-02-80, de 26 de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Soldador, hijo de los Ciudadanos: Joel Eliezer Tiamo Y Virginia Nazaret, residenciado en: en calle las delicias, casa n° 50, puerto piritu ( EL TEJAR). , por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA, tipificado en el articulo 277 del Código Penal, en perjuicio de la Colectividad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3º, 4º y 5° del Código Orgánico Procesal Penal. En relación a la Imputada.....