Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se revoca la sentencia dictada por esta superioridad en fecha 03 de junio del corriente mes y año. SEGUNDO: se paraliza el lapso para dictar sentencia, a partir del día de hoy 26 del corriente mes y año, hasta tanto no se notifique a las partes de la presente decisión, y una vez cumplida dicha formalidad continuará el expediente dentro del lapso para decidir el cual aún no ha fenecido.
Notifíquese a la partes de la presente decisión