Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la pretensión de Divorcio, intentado por el ciudadano FELIX RAMON JUAREZ SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.766.297, debidamente asistido por los abogados JESUS GUERRA GUZMAN y GLASMAR BRAVO HERNANDEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 17.052 y 147.831, en contra de la ciudadana NILSI KATHERINE RUIZ MONASTERIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.316.290., fundamentada en la Causal Tercera del Artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, queda disuelto el matrimonio contraído el 07 de Mayo de 1.999, por ante el Registro Civil de Puerto la Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, la cual quedó asentada en el Lib.....