Este Tribunal competente para conocer de la materia Civil, désele entrada en los libros de causas respectivos llevados por este Tribunal Superior durante el presente año y háganse las anotaciones correspondientes, y quien suscribe, se aboca al conocimiento de la presente causa, asimismo, por cuanto el Tribunal observa de las actas procesales, que el presente asunto versa sobre una recusación propuesta en fecha 11 de marzo de 2002, por la ciudadana SONIA AMARAL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 26.625, en contra de la ciudadana IDA TINEO DE MATA, en su carácter de Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta Circunscripción Judicial, hoy Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, considera esta alzada, que la decisión del presente asunto resulta inoficiosa por cuanto la prenombrada ciudadana ya no desempeña el cargo antes mencionado, en consecuencia.....