en consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, la presente solicitud con ocasión a la solicitud de Jurisdicción Voluntaria DIVORCIO 185, en concordancia con la Sentencia 1070 de fecha 09-12-2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por la ciudadana: MILANGELA ANDREINA RIVERO PERALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.209.497, domiciliado en Residencias Parque Guaraguao, Edificio 11-1-C, Guanta, Municipio Guanta del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Defensora Publica Auxiliar Primera de Protección Abog. GABRIELA NATERA, en contra del ciudadano OMAR DE JESUS ZURITA, venezolano, mayor de edad.....