En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada en los términos en que ha sido convenida por los ciudadanos REMIGIO AURELIO ROJAS, RICARDO DE JESUS ORTIZ y JORGE MARIA GUICHE ROJAS, a través de su coapoderada judicial, abogada Noris Arreaza inscrita en el Inpreabogado bajo el No.87.951; y la sociedad mercantil demandada ADMINISTRADORA GONCALVES, C.A. a través de su coapoderada judicial Abogada Maribel Calzadilla, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.116.054; otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA y da por terminado el presente juicio.
Ahora bien, conforme al pago que las partes acordaron efectuarse relacionado en los respectivos escritos de transacción presentado; por un monto respecto del ciudadano REMIGIO AURELIO ROJAS de OCHO MIL BOLIVARES (BsF.8.000,oo); cuyo pago se efectuó conforme a lo acordado mediant.....