esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede El Tigre en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la presente solicitud presentada por el ciudadano ARTURO GUILLEN, en su carácter de Defensor Publico Segundo en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en uso de las atribuciones conferidas por la ley orgánica de la defensa publica, articulo 65, numeral 2°, actuando en nombre del niño ..... SEGUNDO: Otorga el presente justificativo de CARGA FAMILIAR a la ciudadana YASMILE JOSEFINA ZAPATA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.914.902 domiciliada en el Sector Negro Primero, Callejón Yuruari, Casa S/N, San José de Guanipa del Estado Anzoátegui, a favor del niño ...., .....