Por todas las consideraciones que anteceden, este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada HOTEL RESTAURANT LA FUENTE, C.A. contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Trabajo y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre, en fecha 22 de noviembre de 2002, así como su aclaratoria de fecha 27 de noviembre de 2002, la cual queda REVOCADA. 2) TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de calificación de despido intentado por la ciudadana MARITZA BASTARDO contra la empresa HOTEL RESTAURANT LA FUENTE C.A, con la advertencia que la empresa accionada debe sustituir mediante la consignación de un nuevo instrumento cambiario, el cheque cursante a .....