De esta manera, y visto el análisis realizado sobre los causales de admisibilidad del presente Recurso Contencioso Tributario, este Despacho observa que el mismo reúne los extremos de ley relativos a la legitimidad, cualidad y caducidad de la acción y en cuanto hay lugar a derecho este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 26, 49 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Oposición planteada por la Abogada CARMEN VICTORIA PEREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 82.486, actuando en su carácter de representante legal de la Republica Bolivariana de Venezuela por órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y en consecuencia SE ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario, conjuntamente c.....