Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la reconvención planteada por la parte demandada reconvincente en cuanto a la causal N° 1, relativa al adulterio establecida en el artículo 185 del Código Civil.-
SEGUNDO: CON LUGAR la pretensión de Divorcio, introducida por la ciudadana ANGEL JOSE BANDRES PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.903.114, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSE NORBERTO APONTE MUÑOZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.367, en contra de la ciudadana GENNY ASCANIO FONSECA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.797.622 en cuanto a la Causal Segunda. En consecuencia, se disuelve el vinculo conyugal contraído entre la dem.....