Por todo lo expuesto anteriormente, y de conformidad a lo alegado y probado en autos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JUAN DE CAPISTRANO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la demandada por desalojo incoada por la ciudadana ROSMARY JHOANA CORDOVA MENDEZ en contra de la ciudadana ENIRMA ROSA MEJÍAS PAVIQUE.