Por los fundamentos antes expuestos, y en atención a los hechos particulares de la presente causa y al derecho aplicable, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el presente Recurso de Apelación interpuesto por el abogado en ejercicio RAFAEL PEREZ ANZOLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.703, actuando en su condición de apoderado judicial de la Ciudadana CRUZ ELVIRA DE SOUSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.367.931, en la cual apela de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona de fecha 26 de Septiembre de 2018, en la causa de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES signada con el N°.....