Seguidamente el notificado ciudadano ALEXANDER JOSÉ PEROZO RENJIFO, antes identificado, debidamente asistido en este acto por la Abogada en ejercicio JULIA NORELIS DE PEROZO, titular de la cédula de identidad Nº 5.074.849 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 132.546, expone: "Quedo en cuenta de la notificación que se me hace y de la Medida de Secuestro a practicarse en este acto, asimismo me doy formalmente por citado, renuncio al término de comparecencia y conforme al artículo 363 del Código de Procedimiento Civil, procedo a convenir en los hechos y en el derecho del libelo de la demanda, igualmente renuncio a la oposición de la presente medida, en consecuencia, a los fines de dar por terminado el presente juicio me obligo a pagarle en este mismo acto a la demandante ciudadana MARIA PATRICIA RIOBUENO NATERA: a) La cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 20.000,00), con cheque cuyo titular es la Empresa Alemania Motor S C.A., contra el Banco Mercantil, Nº de cuenta 0105-0.....