Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la Admisión de la Demanda que por Cumplimiento de Contrato y Daños y Perjuicios ha incoado la ciudadana ANA ISABEL AGUACHE GUILLEN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.223.538 y domiciliada en Barcelona, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Abogada YOLIMAR DEL VALLLE TORREALBA, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.867, en contra de la Empresa SEGUROS ZURICH S.A., domiciliada en Caracas, Distrito Capital, e inscrita en el Registro Mercantil de Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 09 de Agosto de 1.951, bajo el Nº 672, Tomo 3-C, e inscrita en la Superintendencia de Seguro.....