Se dicto Sentencia Definitiva declarandose: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación intentado por el abogado RUBEN DARIO HERRERA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano JOSE RAMON OCHOA, identificado en autos, en contra de la sentencia de fecha 19 de noviembre de 2013, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial. En consecuencia, se CONFIRMA en todos sus términos, la sentencia up supra señalada objeto de apelación declarando INADMISIBLE el Amparo Constitucional intentado por el abogado RUBEN DARIO HERRERA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano JOSE RAMON OCHOA, en contra del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Así se decide.