Por las razones antes expuestas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato, propuesta por la abogada Francisca Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.497.947, inscrita en el Inpre-Abogado bajo el Nº 41.561 y de este domicilio, actuando como apoderado Judicial de la Empresa PDVSA PETROLEOS, S.A y en consecuencia, se acuerda la devolución o entrega definitiva del inmueble, destinado para habitación, ubicado en el área residencial de Campo Rojo, distinguido como Módulo marcado con el Nº 22-4 de la ciudad de Anaco, Estado Anzoátegui, a la Empresa PDVSA, S.A.
Por cuanto el demandado ciudadano Cesar Zorrilla, no dio cumplimiento a lo establecido en el contrato, de entregar el inmueble dentro del plazo señalado en el mismo, lo que quedó demostrado por efectos de la Confesión Ficta, se le condena al pago d.....