Por las razones de Hecho y de Derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la empresa demandada contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui con sede en El Tigre, en fecha 07 de Enero de 2002; 2) SE REVOCA la referida decisión; 3) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano CLELIO CESAR BOGGIO contra la sociedad mercantil SERVICIOS Y CONTRUCCIONES FIAMONTE C.A. (anteriormente denominada TALLER FIAMONTE).