En base a las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal Primero del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil decreta la Perención y en consecuencia declara: Extinguida la Instancia, en la presente QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO, incoada por el ciudadano JORGE LUIS MARQUES GARCIA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.342, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA FERNANDA NUÑEZ LLOVERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.528.187, y domiciliada en la ciudad de El Tigre del Estado Anzoátegui, en contra de los ciudadanos WILFREDO DE JESUS HANO LOPEZ y MARIA JESUS CHEOUG DE HANO, venezolanos, mayores .....