Se dicto sentencia Interlocutoria en presente asunto BN11-X-2018-00004, declarandose: SIN LUGAR la INHIBICIÓN formulada en fecha 26 de febrero de 2018, por el prenombrado Juez Suplente del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, abogado PEDRO JOSE GONZALEZ VILLARROEL, para seguir conociendo en el juicio de Desalojo incoado por los abogados ZAID HABIB y JOSE SARRITIELO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 98.292 y 63.653 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano GIULIO AMODEO MAUCERI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº E-81.161.636, contra la Sociedad mercantil VENEZOLANA DE TORNOS, C.A ( VENTORCA), en el expediente Nº BP12-V-2017-000164 nomenclatura de ese Tribunal a su cargo. Así se decide.