Seguidamente este Tribunal visto lo solicitado por la parte actora, y siendo efectivamente este Tribunal fue comisionado para secuestrar un terreno constante de una superficie de Doscientos Setenta Mil Metros Cuadrados, y siendo que la parte demandante a manifestado que únicamente la superficie a Secuestrar es de Veintisiete Hectáreas, y no la totalidad del terreno, constatándose con la ayuda del Perito, que no existe coincidencia entre la superficie real que se pretende Secuestrar, y la extensión de terreno sobre la cual se encuentra constituido el Tribunal, y siendo que este Tribunal posee facultades limitadas, pues debe ceñirse estrictamente a lo ordenado en el despacho de comisión, y visto que igualmente la parte demandante ha solicitado que se devuelva la presente Comisión, a los fines de solicitar una corrección ante el Tribunal de la causa, en tal sentido, este Tribunal se abstiene de practicar la medida para la cual fue amplia y suficientemente comisionado, y acuerda devolver .....