IV
"...DECISION.
Por razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO POR VENCIMIENTO DE PRORROGA LEGAL, que hubiere propuesto el ciudadano el GIOVANNY ERNESTO MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.533.631, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.901, en su condición de Apoderado Judicial del ciudadano JUAN DEMETRIO RODRÍGUEZ CHACÍN, en contra de INVERSIONES YORGI, C.A., representada por HANI GEORGES ELKHTIAR AKARI. Así se decide. Asimismo se acuerda el desglose y devolución de los documentos consignados en original y dejar e.....