Este Tribunal Superior administrando justicia, en nombre de la Republica y por autoridad de la ley declara:
1) Con lugar la apelación interpuesta, en fecha 11 de enero de 2011, por el abogado ALFREDO HERRERA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.762.460 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 49.978 co-apoderado judicial de empresa AVENTURA LUNA PARK, C.A..
2) Sin lugar la demanda que por Daños y Perjuicios, intentada por el demandante ciudadano LUIS ENRIQUE SILVA MATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 8.342.154.
3) Se exime el pago de las costas procesales, dada la Naturaleza de la presente decisión.
4) Queda así revocada la sentencia de fecha 09 de marzo de 2009, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
5) Notifíquese a las partes de conformidad al artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.