este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de celebrar nueva audiencia de mediación. SEGUNDO: Se anulan todos los actos subsiguientes del proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 107 de la Ley Para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, salvo la designación del abogado JUAN VICENTE TORREALBA, en su carácter de Defensor Público Auxiliar (E), de la Defensoría Primera con competencia en materia civil y administrativa especial inquilinaría y para la defensa del derecho a la vivienda, continuará en la presente causa como Defensor Público designando a los ciudadanos GERMAN LUIS SEQUERA CARABALLO y CYNTHIA JOSEFINA HERNANDEZ. TERCERO: Se f.....