Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrado Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la presente Solicitud de Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos, incoada por el ciudadano CLEIBER MANUEL CORRO LÓPEZ, en contra de la CONSTRUCTURA CLEOXIL, C.A y HUABEI PETROLEUM SERVICES, S.A Empresa, ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dado el carácter del presente fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre, a los veintisiete (27) días del mes de Junio de dos mil cinco (2005).